Preguntas Frecuentes

Respuestas claras a sus preguntas más frecuentes sobre asilo, inmigración, permisos de trabajo y derecho empresarial en Indianápolis, Indiana.

Preguntas Generales

Tu primera consulta incluye:

  • Evaluación inicial: Revisión de tu historial migratorio y situación actual
  • Opciones disponibles: Análisis de visas, permisos de trabajo, residencia o ciudadanía
  • Proceso y requisitos: Documentos necesarios y pasos a seguir
  • Costos estimados: Honorarios legales y tarifas de presentación
  • Siguientes pasos: Cronograma y fechas límite

Accede a tus documentos, actualizaciones de caso y comunicaciones desde tu portal seguro. El listado ofrece los enlaces a los documentos de “Ayuda con su portal MyCase” y la “Guía completa del Portal”.

Una cuenta de USCIS te permite verificar el estado de tu caso y recibir notificaciones oficiales. El listado incluye un enlace a la “Guía paso a paso para crear tu cuenta”.

Es importante que notifiques a USCIS dentro de los 10 días de mudarte. El listado provee enlaces para las “Instrucciones USCIS” y el “Formulario para Culwell Legal”.

Si tu “reloj” de espera no avanza, contáctanos de inmediato. Investigaremos la causa y resolveremos el problema antes de que afecte tu caso.

Sí. Ofrecemos traducciones certificadas (español/francés a inglés). Para solicitarlo debes: 1) Completar el formulario de contacto; 2) Escribir “TRADUCCIÓN DE LICENCIA” en el mensaje; 3) Adjuntar fotos de ambas caras de la licencia; y 4) Indicar el idioma.

Sí. Enviamos una carta formal exigiendo el pago. Si se niegan, presentamos una demanda civil para recuperar los salarios adeudados.

El listado incluye un enlace directo al documento de “Oportunidades de empleo“. 

Consultas de Asilo

Es una protección legal para personas que enfrentan persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas.

Existe un plazo crítico: debes presentar tu solicitud ante USCIS dentro de 1 año desde tu llegada. Requiere documentación como informes médicos, policiales, declaraciones juradas y evidencia de persecución.

Varía según la complejidad y el volumen de casos, pudiendo demorar desde varios meses hasta años. Adicionalmente, se puede solicitar el permiso de trabajo después de 150 días de haber presentado el asilo.

Al ser aprobado, puedes solicitar la Green Card después de 1 año, tramitar la reunificación familiar (para cónyuge e hijos menores) y obtienes una autorización de trabajo permanente.

Puedes apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Se recomienda actuar rápidamente con representación legal.

Continuará siendo elegible como dependiente si cumplió los 21 años después de haber presentado la solicitud y mientras esta se encuentre pendiente.

Sí. Una vez otorgado el asilo, puedes solicitar la reunificación familiar para tu cónyuge e hijos menores.

Depende de quién sea el solicitante principal:
  • Si tu cónyuge solicitó el asilo y tú eres beneficiario: Puedes presentar tu propia solicitud. El divorcio se considera una circunstancia especial que justifica la excepción al plazo de 1 año.
  • Si tú solicitaste el asilo: Tu cónyuge deja de ser elegible y se debe notificar de inmediato para actualizar el caso.

Se debe actuar inmediatamente. Las opciones incluyen apelar la decisión, solicitar la cancelación de la deportación o buscar la salida voluntaria. Se aconseja trabajar con un abogado.

Un abogado puede ayudarte con la revisión del caso (identificando problemas o insuficiencias), brindándote representación legal ante la Corte de Inmigración y en apelaciones, y entrenándote para la entrevista con el oficial de asilo.

Los pasos recomendados son: 1) Contratar un abogado; 2) Reunir documentos (actas de nacimiento, pasaportes, pruebas de persecución, registros médicos); 3) Preparar una declaración escrita detallada; 4) Practicar las Answers; 5) Vestir apropiadamente (profesional y respetuoso); y 6) Llegar temprano.

Permiso de Trabajo (EAD)

¿Cómo solicito permiso de trabajo por asilo?

Debes presentar el Formulario I-765 acompañado de una copia de tu solicitud de asilo, pasaporte y los demás documentos requeridos por USCIS.

El permiso de trabajo por asilo tarda de 3 a 5 meses en procesarse.

Puedes trabajar en cualquier empleo que sea legal dentro de los Estados Unidos.

Los pasos son: 1) Ingresar a www.uscis.gov/es; 2) Hacer clic en “Verificación del estado de caso en línea”; 3) Ingresar tu número de recibo de la carta de confirmación; y 4) Consultar el estado actual.

Sí, debes presentar la renovación antes de que expire tu permiso actual

Tu permiso de trabajo se vuelve inválido automáticamente en el momento en que rechazan la solicitud de asilo.

Tienes dos opciones: esperar a que llegue por correo (lo cual puede tardar) o visitar una oficina del Seguro Social llevando tu permiso de trabajo y tus documentos de identidad.

Contáctanos de inmediato para investigar la razón y orientarte a resolver el problema sin retrasos.

Otras Áreas de Inmigración

NO la ignores, ya que esto puede resultar en una expulsión automática. Busca representación legal de inmediato para revisar tus opciones y ser representado en la corte.

Es un estatus migratorio temporal otorgado a extranjeros que no pueden regresar a sus países debido a conflictos armados, desastres naturales u otras circunstancias extraordinarias. El listado facilita enlaces sobre “Cambios recientes al programa TPS”, “Precios Grupo Familiar” y “Precios Individual”.

Los requisitos consisten en: haber tenido una residencia continua en EE.UU. durante el período especificado, contar con un historial migratorio limpio y cumplir con los criterios específicos del gobierno.

Al ser de carácter temporal, se renueva periódicamente si las condiciones en el país de origen no mejoran lo suficiente.

Sí. Los titulares de TPS tienen el derecho de solicitar un permiso de trabajo para laborar legalmente.

Sí, siempre y cuando lo hagas con un permiso de viaje. Es importante considerar que salir puede afectar la renovación del estatus y que entrar al país de origen podría no ser seguro.

No. El estatus SIJS está destinado únicamente a menores que ingresaron a EE.UU. sin sus padres o sin un representante legal.

Los tiempos se dividen en: de 6 a 8 meses para la confirmación del sponsor, y unos 3 días para la confirmación de USCIS junto con la autorización de viaje de CBP.

  • Sponsor: Debe ser residente legal en EE.UU. y contar con ingresos suficientes para apoyar a los beneficiarios.
  • Beneficiario: Debe ser ciudadano de Haití, Venezuela, Nicaragua o Cuba; no poseer doble nacionalidad ni residencia permanente en otro país; tener pasaporte vigente (con excepciones para venezolanos) y no haber sido deportado en los últimos 5 años.

Cónyuges/ex-cónyuges, hijos/hijas, y padres que hayan sido abusados por ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.

Ofrece órdenes de protección, protección contra la deportación, autorización de trabajo y el ajuste de estatus.

Se debe presentar el Formulario I-360 ante el USCIS, adjuntando las pruebas de la relación abusiva y de tu elegibilidad.

Sí. Es totalmente posible presentar la petición de VAWA incluso si el abusador no cuenta con la ciudadanía o la residencia permanente.

¿Te gustaría saber más?

La información aquí presentada es de carácter general. Para obtener asesoría legal específica para su caso, contáctenos.

¿No encuentras lo que buscas?
Contáctenos para una consulta personalizada.